Preguntas frecuentes sobre KIT DIGITAL (FAQs)
¿Quién puede pedir KIT DIGITAL?
¿Cuál es la cuantía de las ayudas?
Se divide en tramos según el número de empleados, cada tramo tiene un plazo de solicitud diferente.
Hasta 12.000 €, para empresas de entre 10 y 49 empleados.
Hasta 6.000 €, para empresas de entre 3 y 9 empleados.
Hasta 2.000 €, para empresas de menos de 3 empleados.
¿Cómo se cuenta a los empleados de la empresa?
Si quieres calcular el número de trabajadores que tiene tu empresa y, por tanto, saber qué tramo te corresponde, deberás acceder a la web de la Seguridad Social y entrar dentro de la sección Sistema RED.
En este apartado podrás visualizar el ‘Informe plantilla media de trabajadores en alta’ y obtendrás todos los datos sobre la plantilla media. Si tienes alguna duda contacta con nosotros y te informamos de qué tramo te corresponde.
¿En qué puedo gastar la subvención?
El bono digital se puede gastar en las siguientes categorías, pero ojo! hay un máximo para cada categoría.
Sitio web Hasta 2.000€
Comercio electrónico Hasta 2.000€
Gestión de redes sociales Hasta 2.500€
Gestión de clientes Hasta 4.000€
Business Intelligence y analítica Hasta 4.000€
Servicios de oficina virtual Hasta 12.000€
Gestión de procesos Hasta 6.000€
Factura electrónica Hasta 6.000€
Comunicaciones seguras Hasta 6.000€
Ciberseguridad Hasta 6.000€
¿Puedo contratar a cualquier agencia?
No, las soluciones digitales solo pueden ser puestas en marcha por agentes digitalizadores autorizados. En Realego Oficina Creativa somos agentes digitalizadores autorizados y ponemos como aval nuestra experiencia y calidad como agencia de marketing digital en Almería para que aproveches el KIT DIGITAL con soluciones que realmente se adapten a tus necesidades.
El agente digitalizador es el que desarrolla la solución, y es importante elegir bien a un agente digitalizador para que desarrolle un trabajo que sea útil para tu empresa.
¿Cuándo se cobran las ayudas del Kit Digital?
Las ayudas se cobrarán en forma de bono digital, una vez el Agente Digitalizador justifique la realización de la actividad por la cual se concede la subvención, e irán a parar directamente al Agente Digitalizador encargado de poner en marcha la solución. Es decir, la empresa percibe un ‘Bono digital’ a canjear en soluciones o servicios concretos, pero no percibe la cuantía económica de forma directa.
¿Puedo contratar varias soluciones de digitalización?
Una vez concedida la ayuda, las empresas tendrán 6 meses para gastarla en hasta 5 servicios de 1 año de duración.
La idea es financiar varias de las soluciones digitales propuestas, siempre que no superen el máximo de ayuda establecido.
¿Hay que devolver las ayudas del Kit Digital?
No, se trata de una financiación a fondo perdido. De este modo, no implica devolución, siempre y cuando se justifique el destino final de los fondos.
¿Tengo que pagar algo como empresa beneficiaria?
Las empresas beneficiarias del Bono Digital son las encargadas de pagar el IVA.
También puede darse el caso de que una empresa necesite una solución mucho más sofisticada que las preestablecidas (por ejemplo, una web de 5.000 €, cuando el bono cubre hasta 2.000). En este caso, el bono digital cubrirá hasta su límite, y la diferencia la deberá aportar la empresa.
¿Qué factores hay para la concesión de la ayuda?
Si las empresas cumplen los requisitos establecidos en la convocatoria, las ayudas se concederán por orden de solicitud hasta que se agote el crédito presupuestario asignado para esta convocatoria. Por eso, es conveniente solicitarlas tan pronto se abra el plazo, así que si te encuentras en el tramo de empresas entre 3 y 9 empleados contacta con nosotros para ir preparando la documentación.
¿Quién puede tramitar el bono digital?
Los plazos y la forma de tramitar el bono digital es uno de las principales diferencias de KIT DIGITAL con otras subvenciones.
Una vez adjudicado el bono digital es cuando tienes que firmar tus acuerdos con tu agente digitalizador, a diferencia de otras subvenciones no necesitas facturas proforma previas. En esta fase ya has hablado con tu agente digitalizador y es el momento de formalizar tus acuerdos.
¿Puedo invertir el bono en mejorar un servicio que ya tengo?
Sí, es posible invertir el bono Kit Digital en un servicio del que ya dispones, si esto supone una mejora funcional y, por tanto, sustituye a una solución anterior que no cumple con alguno de los requisitos mínimos exigidos. Por ejemplo, puedes usarlo para renovar tu web, si esta no es responsive.
¿Puedo invertir el bono en equipos?
No, es una de las preguntas más frecuentes, pero KIT DIGITAL no contempla la inversión en equipos. Pero no te eches para atrás, llámanos y te asesoramos como beneficiarte de KIT DIGITAL.
¿Cuáles son los plazos de solicitud del Kit Digital?
El plazo de solicitud del bono Kit Digital ya está abierto para empresas de entre 10 y 49 empleados. Las ayudas se pueden solicitar hasta el 15 de septiembre de 2022 a las 11:00 horas, o hasta que se acaben los fondos dispuestos para este segmento
El plazo de empresas entre 3 y 9 empleados se abrirá en Julio así que si estas en este segmento te aconsejamos que te muevas rápido para tener preparado todo para su solicitud.
El plazo para empresas de menos de 3 empleados y autónomos se abrirá en septiembre pero ya puedes ir preparándote. Contacta con nosotros y te asesoraremos sobre qué solución se puede adaptar mejor a tu negocio.
¿Por qué KIT DIGITAL es una oportunidad para mi empresa?
KIT DIGITAL es una gran oportunidad para modernizar tu empresa y adaptarla a la nueva realidad digital, logrando mejorar su visibilidad y captar nuevos clientes por medio de las distintas alternativas que nos brinda el mundo online.
En Realego Oficina Creativa somos agente digitalizador en Almería autorizado para la categorías de sitio web, redes sociales, oficina virtual y comercio online. Conoce nuestras soluciones y si estás interesado contacta con nosotros y te asesoraremos sobre cómo aprovechar KIT DIGITAL y cómo elegir las soluciones que mejor se adaptan a tu empresa.